LEY Nº 3121
Aprobando el Convenio anual celebrado el día 23 de febrero de 2017, entre el Ministerio de Salud de La Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de La Pampa
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. Nº 3336 del 16-11-18.-
Promulgada el 16-11-18.-
Sancionada el 08-11-18.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°: Apruébase el Convenio Anual celebrado el día 23 de febrero de 2017, entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia de La Pampa, ratificado mediante el decreto N° 2264/17, el que forma integrante de la presente Ley.
Artículo 2°: Facúltase al Poder Ejecutivo a implementar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos en el Convenio que esta Ley aprueba.
Artículo 3°:Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los ocho días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.
REGISTRADA BAJO EL NUMERO 3121
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa –Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa
EXPEDIENTE Nº 16114/18
SANTA ROSA, 16 NOV 2018
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia: Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 4250/18
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa –Dr. Mario Rubén KOHAN, Ministro de Salud.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN:
16NOV 2018
Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL CIENTO VEINTIUNO (3121).
-Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.